Sep 5, 2011 — tácticas fuertemente armadas al efectuar patrullaje rutinario o “rondas y los agentes de las unidades tácticas quienes rutinariamente
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2 RESUMEN EJECUTIVO La Policía de Puerto Rico (fiPPRfl) es la principal agencia de orden público en Puerto Rico. Su misión es fundamental: Proteger y servir a los residentes de Puerto Rico al diseñar e implementar políticas y prácticas que controlen el crimen, asegure n el respeto a la Constitución y al estado de derecho, y faciliten que la PPR disfrute del respeto y la confianza del pueblo. Un gran número de dedicados y trabajadores agentes de la PPR sirven al público con distinción, en condiciones frecuentemente difíc iles. Desafortunadamente, la PPR está viciada en varios aspectos críticos y fundamentales los cuales son claramente justiciables bajo la Ley de Control de Crimen Violento y Orden Público de 1994, 42 U.S.C. § 14141 (fiSección 14141fl). Sustentados en nuestra extensa investigación, encontramos causa razonable para entender que agentes de la PPR cometen un patrón y práctica de: uso de fuerza excesiva en violación de la Cuarta Enmienda; uso de fuerza irrazonable y otra mala conducta dirigida a suprimir el ejerci cio de derechos protegidos por la Primera Enmienda; y registros e incautaciones ilegales en violación de la Cuarta Enmienda. En adición a estos hallazgos, nuestra investigación descubrió otras deficiencias de seria preocupación . En particular, existe evide ncia alarmante de que la PPR falla frecuentemente en atender crímenes sexuales e incidentes de violencia doméstica, y que ejerce prácticas policiacas discriminatorias contra personas de origen dominicano en violación de la Decimocuarta Enmienda, la Ley de Calles Seguras, y el Titulo VI. En este momento, no hacemos un hallazgo formal sobre una violación de patrón y práctica en estas áreas, en parte porque la PPR no recopila la información necesaria para poder evaluar estos asuntos. No obstante, nos preocupa seriamente que la PPR carezca de sistemas básicos de asignación de responsabilidad que aseguren que todas las personas sean tratadas por igual por los agentes de la PPR, independiente de raza, origen étnico, nacionalidad o sexo, según requerido por la ley federal. Adicionalmente, nuestra investigación levanta serias preocupaciones sobre las políticas y prácticas de la PPR , las cuales son alarmantemente inadecuadas en prevenir y atender incidentes de violencia domestica cometidos por agentes de la PPR. Encon tramos que estas deficiencias ocasionarán violaciones constitucionales a menos que sean atendidas. La continua incapacidad de la PPR en mantener información necesaria a la luz de nuestros hallazgos, a pesar de tener conocimiento de estos indicadores , es un problema muy serio y podría constituir un patrón y práctica en violación de la ley federal. Reconocemos que la PPR enfrenta retos significativos al ser la agencia de orden público principal en Puerto Rico . Los actos inconstitucionales que hemos identifica do ocurren en un momento de crisis en la seguridad pública. Contrario a la tendencia nacional, del 2007 al 2009 , el crimen violento en Puerto Rico incrementó en un 17%. En 2010, Puerto Rico vio el segundo número de asesinatos más alto en su historia, una t endencia que sigue aumentando en el 2011 . La tasa de esclarecimiento de asesinatos se mantiene muy por debajo del promedio nacional. Funcionarios gubernamentales de Puerto Rico sostienen que el tráfico de drogas y el deterioro social alimentan la ola de cr imen violento . No obstante, el incremento en la criminalidad no puede ser utilizado para justificar las continuas violaciones de derechos civiles o la continua incapacidad para implementar reformas significativas. Las prácticas policiacas constitucionales y un manejo efectivo del orden público están inseparablemente relacionadas . Un sistema de
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3 seguridad pública efectivo depende de la confianza y la cooperación de la comunidad, y a su vez, de prácticas policiacas constitucionales que respeten los derechos ci viles . Nuestras esfuerzos previos de trabajar con departamentos de policía de gran tamaño, sugieren fuertemente que al atender las deficiencias sobre derechos civiles señaladas en este informe, el Gobierno de Puerto Rico no solamente cumplirá con su deber constitucional, sino que además reducirá el crimen, mejorará la seguridad pública e incrementará la confianza de la ciudadanía. iPor muchos años, familiares de víctimas, líderes cívicos, legisladores y defensores de los derechos civiles han expresado su pr eocupación ante el crónico problema de abuso policiaco . Por ejemplo, en la pasada década, varias medidas legislativas han hecho un llamado a que se realicen investigaciones exhaustivas sobre conducta policiaca impropia, que se mejore la educación y adiestr amiento provisto, y que se efectúe una auditoría sobre los fondos públicos desembolsados como resultado de demandas de derechos civiles contra el Gobierno de Puerto Rico. Otros grupos de interés comunitario y organizaciones de defensa social han enviado ca rtas a funcionarios gubernamentales de Puerto Rico denunciando alegaciones de discrimen contra personas de origen dominicano , y organizaciones civiles, y profesionales han emitido reportes investigativos detallando numerosas violaciones de derechos civiles a manos de la policía. Agentes de la PPR también han exigido reformas en la agencia. Un grupo de interés policiaco que representa a miles de agentes atribuyó la amplia baja moral existente entre los policías al abuso verbal por parte de supervisores, la i ndiferencia a los problemas personales de los agentes, la falta de apoyo y adiestramiento, la ausencia de actividades motivacionales y educativas, materiales y equipos deficientes, y los retrasos en el pago de salarios. Los reclamos públicos para que se t ome acción remedial están en parte fundamentados en el número abrumador de agentes que han sido arrestados y convictos por serios incidentes de mala conducta y actividad criminal. Entre éstos se encuentran: el asesinato de múltiples miembros de una familia en el 2007 por parte de dos agentes de la policía en la llamada fiMasacre de las Piedrasfl; la grabación en video del asesinato a tiros de un ciudadano a manos de un agente de la Unidad de Operaciones Tácticas (fiUOTfl) durante la celebración de un cumpleaños en Humacao en el 2007; el asesinato de un teniente de la PPR en el 2007 a manos de un sargento en una estación policiaca de Yabucoa; la determinación de culpabilidad de múltiples agentes asignados a la Unidad de Drogas de Mayagüez en el 2008 por plantar d rogas; la convicción criminal del director de la División de Arrestos Especiales y Extradiciones, y varios de sus agentes, por cargos relacionados al tráfico de drogas en el 2009; la determinación de culpabilidad en el 2009 de un teniente que dirigía el re gistro de armas en el cuartel general de la PPR por participar en un esquema ilegal para facilitar licencias de armas; el uso indiscriminado de rotenes e irritantes químicos contra manifestantes en el Capitolio en junio de 2010; el asesinato de un joven de sarmado quien alegadamente ayudaba a la policía luego de un robo ocurrido en septiembre de 2010; y el arresto de 61 agentes de la PPR en octubre de 2010 como parte del operativo más grande contra la corrupción policiaca en la historia del Buró Federal de Investigación (fiFBIfl). En el siguiente informe discutimos una amplia gama de asuntos los cuales fueron objeto de nuestra investigación y los hallazgos que surgen como consecuencia de nuestro análisis. En resumen, nuestra investigación revela lo siguiente:
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4 Las violaciones constitucionales que descubrimos son persistentes y afectan todos los niveles de la PPR. Nuestra investigación halló que existe un persistente patrón y práctica de agentes de la PPR que violan la Constitución al usar la fuerza en situacion es donde ninguna fuerza o una fuerza menor deberían ser utilizadas. Como resultado, agentes de la PPR han lesionado innecesariamente a cientos de personas y han causado la muerte de numerosas otras . La dependencia de la PPR en tales prácticas es evidente d urante el despliegue regular de unidades tácticas fuertemente armadas al efectuar patrullaje rutinario o fi rondas preventivas ,fl usualmente en complejos de vivienda pública o en barriadas de escasos recursos. Estas unidades, quienes dependen casi exclusivame nte de sus demostraciones extremas de fuerza y no en estrategias contemporáneas de resolución de conflictos, no fueron creadas o adiestradas para efectuar tales funciones de patrullaje. En efecto, el marcado distanciamiento entre los residentes y los agent es de las unidades tácticas quienes rutinariamente entran en masa a vecindarios con sus armas de alto calibre desenfundadas en la presencia de niños, ancianos y otros transeúntes , revela que la PPR depende de estrategias de cumplimiento de ley contrarias a los modelos de orden público generalmente aceptados , los cuales fomentan el envolvimiento comunitario . De manera preocupante, un agente asignado a una de estas unidades nos expresó abiertamente y sin la objeción de su supervisor , que los agentes necesitan violar los derechos civiles para luchar contra el crimen y lograr las metas establecidas por los oficiales de gobierno. Esta conducta priva al pueblo de Puerto Rico de derechos que son garantizados por la Constitución y la ley federal. El uso excesivo de fuerza por parte de los agentes también restringe la libertad de expresión en violación a la Primera Enmienda. Mientras algunos individuos pudieran participar en actividades ilegales durante protestas y manifestaciones civiles, solamente una fracción de l a fuerza utilizada por la PPR va dirigida a atender amenazas específicas o conducta criminal, según evidenciado por la escasez de arrestos sustentados en causa probable . En su lugar, los agentes de la PPR dependen regularmente del uso indiscriminado de la fuerza o la amenaza de utilizar fuerza , en exceso de lo que es necesario , para proteger la seguridad pública al momento de lidiar con multitudes. Específicamente, la PPR utilizó agentes químicos, rotenes, y fuerza física de manera indiscriminada contra man ifestantes y otros individuos en la Avenida Universidad en agosto del 2009, en el Hotel Sheraton en mayo del 2010, y en el Capitolio en junio del 2010 . Tan reciente como en diciembre del 2010 y enero del 2011, agentes de la PPR utilizaron llaves de estrang ulación simulada y técnicas de puntos de presión contra manifestantes que estaban resistiendo de manera pasiva o que no representaban una amenaza significativa. En febrero del 2011, los agentes empujaron, golpearon y rociaron a manifestantes en un campus universitario, y lanzaron piedras y otros objetos a personas que de igual manera no representaban una amenaza significativa. El uso de fuerza excesiva por parte de los agentes de la PPR en estos casos, junto con otras tácticas dirigidas a intimidar a manife stantes, ha recibido gran atención pública y desalienta a los residentes de Puerto Rico de participar en actividades protegidas por la Primera Enmienda . Aunque reconocemos que las huelgas prolongadas y las manifestaciones civiles ejercen presión sobre el p ersonal de la PPR y sus recursos, Puerto Rico no debe flaquear en su deber de defender los derechos fundamentales de todos sus residentes, aún cuando sus puntos de vista o afiliaciones fueran contrarios . También encontramos un patrón y práctica de registr os e incautaciones ilegales en violación de la Cuarta Enmienda . Específicamente, nuestra investigación reveló un patrón y
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5 práctica de agentes de la PPR que efectúan registros en los hogares de la población civil sin orden judicial o consentimiento, y en la ausencia de cualquier circunstancia o excepción que pueda convertir el registro en uno constitucional. Muy frecuentemente , agentes de la PPR plantan evidencia durante los registros, dependen de la fuerza excesiva y de la intimidación como herramienta para efectuar sus registros, y proceden con registros, aún cuando saben que la dirección, identidad del individuo, u otra información pertinente es incorrecta. La evidencia que hemos descubierto demuestra fuertemente que los agentes de la PPR están envueltos en un patrón en el cual regularmente detienen, arrestan y registran individuos en ausencia de sospecha razonable o causa probable en violación de la Cuarta Enmienda, y que supervisores y miembros de unidades especializada s están frecuentemente envueltos en estos actos ilegales. El asombroso nivel de crimen y corrupción dentro de la PPR debe ser atendido de manera sistemática . La cantidad de crimen y corrupción que envuelve a agentes de la PPR ilustra aún más que la PPR es una agencia que se encuentra en pro fundo deterioro . Entre enero del 2005 y noviembre del 2010, se han efectuado más de 1,709 arrestos de agentes de la PPR . Los cargos varían ampliamente, desde apropiación ilegal y agresión simple, a viola ción, narcotráfico y asesinato . Cientos de agentes ta mbién han estado envueltos en actos de violencia domestica; muchos han sido arrestados en múltiples ocasiones por agredir a sus parejas. Existen muchos factores que contribuyen a las violaciones constitucionales . La PPR ha fallado en proveer a sus agentes el entendimiento básico y las herramientas necesarias para salvaguardar los derechos de las personas a las que sirven . Los sistemas básicos de asignación de responsabilidad son inexistentes o están profundamente deteriorados, y han estado así por años. Aun que nuestro informe se centra en violaciones constitucionales recientes, las deficiencias sistemáticas subyacentes a la conducta policiaca impropia se han desarrollado durante un período de tiempo mucho más extenso. Las deficiencias sistemáticas son las siguientes: 1. Las políticas son incapaces de guiar a los agentes en el uso de prácticas policiacas legales . Las políticas y procedimientos de la PPR sobre el uso de la fuerza, registros y incautaciones están obsoletas, desorganizados y omiten estándares legale s contemporáneos. A los agentes no se les proveen copias vigentes de las políticas de la PPR, o tienen acceso a las políticas a través de otros medios confiables para guiarse mientras realizan sus actividades diarias. Como resultado, los agentes desarrolla n sus propias prácticas informales, y las operaciones entre unidades y componentes similares dentro de la PPR varían ampliamente. Los agentes también demostraron un desconocimiento profundo de los aspectos críticos de sus tareas. Por ejemplo, los agentes de distintas áreas y unidades rutinariamente definieron fifuerzafl de manera diferente. Muchos otros agentes no estaban familiarizados con los parámetros de las detenciones investigativas temporales o fi Terry stops fl, que pueden, cuando realizadas irrazonableme nte, constituir una violación a la Cuarta Enmienda. Estos y otros conceptos esenciales no son comunicados de forma efectiva y consistente a los agentes como parte de una política operacional policiaca continua.
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6 2. El adiestramiento de campo previo al servicio policiaco es insuficiente . Los cadetes repasan las políticas y procedimientos de la PPR mientras asisten su adiestramiento previo al servicio, pero no se les provee un adiestramiento de campo posterior a la academia que los prepare para el trabajo policia co cotidiano. Este adiestramiento es particularmente esencial a la hora de desarrollar las destrezas prácticas, el juicio y el conocimiento necesario para utilizar la fuerza de manera legal, efectuar arrestos, tratar a todas las personas por igual y resolv er problemas de forma efectiva en colaboración con los miembros de la comunidad . Por lo contrario, los agentes novatos son simplemente armados y enviados a las calles y vecindarios de Puerto Rico . En muchos casos, éstos nunca vuelven a la academia para rec ibir adiestramiento regular durante el servicio. 3. El adiestramiento durante el servicio policiaco es virtualmente inexistente . Las agencias de orden público eficientes refuerzan sus expectativas sobre las prácticas a utilizar al momento de hacer uso de la f uerza y efectuar registros e incautaciones mediante el adiestramiento constante y adecuado de sus agentes en servicio. Sin embargo, muchos agentes de la PPR informaron que no habían regresado al Colegio Universitario de Justicia Criminal (fiColegio Universi tariofl) para recibir adiestramiento hacía años, o nunca, una vez aprobaron su programa de adiestramiento previo al servicio. En el 2010, la Legislatura de Puerto Rico confirmó esta información y legisló a los fines de requerirle a la PPR que provea al men os 12 horas anuales de adiestramiento durante el servicio . La Legislatura encontró que el adiestramiento era finecesario y urgentefl a la luz de frecuentes incidentes de violencia doméstica, corrupción y numerosos incidentes en donde agentes de la PPR habían fallado en ejercer auto -control al interactuar con la ciudadanía. Aún con la nueva legislación, la PPR requiere a sus agentes menos de la mitad del promedio anual de horas de adiestramiento exigidos por los departamentos de policía del resto de la nación. 4. No hay supervisión externa sobre el adiestramiento y estándares de los agentes. Contrario a todos los estados, con excepción de Hawaii, Puerto Rico no cuenta con una autoridad a nivel estatal que establezca estándares mínimos para las agencias locales de orden público y rija los requerimientos de adiestramiento, tal como lo hace la Junta de Estándares y Adiestramiento de Oficiales de la Paz (fiPOSTfl, por sus siglas en inglés), y otras comisiones o academias a nivel nacional. En cambio, Puerto Rico confiere toda la autoridad para el reclutamiento, selección , adiestramiento de agentes y el desarrollo de destrezas básicas a la discreción del Superintendente. Los Superintendentes de la PPR, sujetos a presiones presupuestarias y políticas , han reducido la duraci ón de los programas de adiestramiento previos al servicio, han autorizado el despliegue de cadetes en labores de patrullaje, aún antes de haber aprobado su adiestramiento esencial, y han modificado los criterios utilizados para identificar a los agentes en riesgo de estar envueltos en incidentes repetitivos de mala conducta policiaca, sin enfrentar ningún tipo de asignacion de responsabilidad . 5. A las unidades tácticas se les ha sido permitido desarrollar subculturas violentas . Por años la PPR ha tenido conoc imiento de que los agentes asignados a las unidades tácticas emplean fuerza excesiva de manera rutinaria al momento de intervenir con los ciudadanos. Estas unidades de manera muy frecuente dependen de la intimidación, del miedo y del uso extremo de fuerza para controlar multitudes , y son asignadas a ofrecer
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8 9. Sistema de manejo de riesgo inoperante. Los sistemas de manejo de riesgo efectivos ayudan a los comandantes y supervisores a tomar acciones correct ivas tempranas cuando los agentes presentan problemas potenciales de comportamiento. Las intervenciones típicamente incluyen adiestramiento enfocado, educación y orientación . Estos sistemas están diseñados para proteger a la comunidad y apoyar a los agente s que pudieran experimentar dificultades . La PPR desarrolló un programa limitado en el 1990 luego del fallo de una demanda federal por violación de derechos civiles la cual responsabilizó a los supervisores de la PPR de operar un sistema disciplinario ext remadamente deficiente. El programa proveía un modelo de intervención fiigual para todos ,fl un curso de adiestramiento de varios días, el cual la PPR cesó de ofrecer en 2007 . La PPR no reanudó la otorgación de este curso hasta octubre de 2010. Sería un enorm e error el seguir atribuyendo la amplia y continua indisciplina policiaca que infecta la PPR a un grupo aislado de agentes individuales o al aparentemente incorregible problema criminal . Hacerlo no solamente impediría la implementación de reformas crítica s, sino que también prevendría que la PPR recobre la credibilidad y el respeto que necesita y merece para combatir el crimen de manera efectiva y hacer valer la ley y el orden. Los esfuerzos previos para reformar a la PPR han sido esporádicos y superficial es, frecuente generados por reclamos públicos en reacción al evento trágico mas reciente . El Gobierno de Puerto Rico ha reconocido la decreciente confianza del público en la PPR a raíz de incidentes trágicos y violentos de corrupción y mala conducta polic iaca . Sin embargo, la implementación de acción correctiva ha sido esporádica y superficial . En 2007, el ex superintendente Pedro Toledo Dávila estableció un comité de evaluación externa con el fin de determinar los niveles de violencia, corrupción y mala c onducta dentro de la PPR . Este comité emitió informes que encontraron patrones de violaciones a los derechos civiles y corrupción, y recomendó docenas de medidas correctivas .ii En su informe de diciembre de 2007, el comité urgió a que Puerto Rico establec iera una comisión con recursos suficientes para desarrollar soluciones a largo plazo que atiendan las complejas deficiencias institucionales de la PPR, una tarea que proyectaron, tomaría hasta dos años. iii Tal comisión nunca se creo, y muchas recomendacione s no fueron implementadas. El Gobernador Luis Fortuño reconoció la necesidad de reformas en septiembre de 2010 cuando hizo un llamado a la División de Derechos Civiles a que fihiciera extensiva su investigación a los incidentes de posible uso de fuerza exce siva u otras posibles violaciones de derechos civiles por parte de la Policía de Puerto Rico que puedan haber ocurrido durante [su] administración .fliv Por demasiado tiempo, la PPR ha fallado en proveer a sus agentes los sistemas adecuados de apoyo y asignación de responsabilida d para asegurar que éstos desempeñen sus funciones conforme a derecho y de manera efectiva. Las políticas internas no delimitan el ejercicio legítimo del poder policiaco, el adiestramiento es insuficiente, la supervisión no exige respuestas y es muy escasa , y las querellas ciudadanas son desatendidas por años. La falta de supervisión externa efectiva de las políticas y acciones de la PPR agrava estos asuntos. Los problemas descritos en este informe son crónicos y generalizados. El público no tiene confianza en la PPR en un momento en que Puerto Rico enfrenta retos importantes en la seguridad pública. Aunque Puerto Rico ha tomado algunos pasos iniciales para detectar, corregir y prevenir los problemas A pesar de las continuas exigencias para que se efectúen revisiones e investigaciones externas, las reform as básicas no han sido implementadas y el esfuerzo necesario para restaurar la confianza pública en la PPR continua sin ocurrir.
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9 que se destacan en este informe, no ha logrado atender ade cuadamente las causas institucionales que contribuyen tanto a su aplicación inconstitucional de la ley , como a sus prácticas de orden público infectivas . Es imperativo que Puerto Rico actúe de manera decisiva, abierta y transparente para restablecer la con fianza del pueblo y asegurar que la PPR se convierta en una institución que ejemplifique el estado de derecho para todos los residentes de Puerto Rico. El camino hacia una reforma sostenible de la Policía de Puerto Rico requiere nada menos que una interven ción judicial federal . Un acuerdo vinculante sometido ante el tribunal federal proveerá la estructura, transparencia, y confiabilidad necesaria para lograr una reforma sostenible . Estamos esperanzados en trabajar con Puerto Rico, en vez de enfrentarnos a una litigación contenciosa, para diseñar un plan de reforma significativo y colaborativo que incluya supervisión judicial para asegurar las prácticas policiacas constitucionales, mejorar la seguridad pública, y restaur ar la confianza del público. El sigui ente informe es un resumen de nuestros hallazgos. La Sección II provee información de trasfondo sobre la PPR, el Colegio Universitario (el cual sirve como academia de adiestramiento de la PPR), seguridad pública, crimen y corrupción policiaca . La Sección I II analiza los patrones y prácticas de violaciones de los derechos civiles relacionados con el uso de fuerza excesiva, el uso irrazonable de fuerza para suprimir la liberad de expresión, y registros, detenciones e incautaciones inconstitucionales. También incluimos casos ilustrativos que demuestran la privación de los derechos federales y discute las deficiencias específicas que causan el patrón y práctica de cada tipo de violación . La Sección IV evalúa las deficiencias sistémicas adicionales , las cuales so n causas comunes de, y factores contribuyentes a, todas las violaciones que hemos descubierto. Finalmente, la sección V provee recomendaciones que remedian las deficiencias sistémicas de la PPR. i Nagourney, Adam, en Los Ángeles, Una fuerza policial transformada , New York Times, 11 de Agosto de 2011, disponible en http ://www.nytimes.com/2011/08/13/us/13lapd.html?pagewanted=1 ii Arturo Negrón García y el resto., Comit é Evaluador Externo de la Policía de Puerto Rico (21 de Dic. de 2007); iii Arturo Negrón García y el resto., Comité Evaluador Externo de la Policía de Puerto Rico: Corrupción en la Policía de Puerto Rico (1 de Mayo de 2008). iv Comunicado de prensa, La F ortaleza, fiGobernador nombra Monitor Independiente para supervisar a la Policía,fl 24 de Sept. de 2010, disponible en http://www.fortaleza.gobierno.pr/2011/news.php?cnt_id=562
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